La corte da vía libre a Derechos de Peticiones por Redes Sociales

La Corte lo acaba de afirmar al resolver una acción de tutela a un hombre que hizo su petición por Facebook.
El derecho de petición es ese mecanismo o herramienta que te brinda la ley para solicitar cualquier tipo de información por medio de una solicitud respetuosa a una entidad Pública, Mixta o Privada y a su vez obtener respuesta de una inquietud, esta es la garantía más vulnerada en el país.
La Corte Constitucional acaba de tomar una decisión muy importante sobre los Derechos de Petición. Según el alto tribunal cuando una entidad hace uso de redes sociales como (Facebook, Instagram, twitter) los derechos de petición también se pueden presentar por esas vías.
La razón es que asegura la Corte en concordancia con la regulación amplia del Derecho de Petición que está en el Código de Procedimiento Administrativo de lo Contencioso Administrativo “las redes sociales también son un medio idóneo para poder ejercer el derecho de petición ya que permiten una comunicación bidireccional entre instituciones y usuarios”
Esto quiere decir que cuando una empresa o institución tiene habilitada las redes sociales para que haya una comunicación en doble dirección (recibir y enviar mensajes) entonces deben entenderse esas redes como una vía para formular peticiones.
Dice la corte en el caso de Facebook, esta red social les permite a las entidades deshabilitar la recepción de mensajes directos o en el muro. Pero si tienen habilitadas la posibilidad de recibir mensajes directos o en el muro que puedan considerarse derechos de petición, entonces estas instituciones les deben dar trámite a esas solicitudes
La Corte señala que así la entidad manifieste que el canal oficial para recibir derechos de peticiones es otro (correos electrónicos) si tiene redes que reciben y envían mensajes, asumen la responsabilidad que algún ciudadano formule su petición por las redes.
El caso sucedió en la ciudad de Popayán donde un ciudadano por la red social Facebook elevo su derecho de petición y la corte le dio la razón.
Cabe anotar que estos derechos de petición deben estar enmarcados en el respeto y con las características de a quién va dirigido y quien es el remitente.
Haciendo uso de este articulo a donde la corte me brinda este especio y herramienta, acabo de radicar un derecho de petición por la red social Facebook a las cuentas oficiales de la Gobernación de Córdoba, Hospital San Jerónimo y Contraloría Departamental.
Montería 28 de agosto de 2020 Señores: Contraloría Departamental de Córdoba Omar Lozano Flórez Asunto: Auditoria...
Publicado por Adel Lopez Montilla en Viernes, 28 de agosto de 2020
Montería 28 de agosto de 2020 Señores: Gobernación de Córdoba Orlando David Benítez Mora Asunto: Contrato, acuerdo,...
Publicado por Adel Lopez Montilla en Viernes, 28 de agosto de 2020
Quedo atento al tiempo y plazos estipulados por la ley a una pronta respuesta y lectores hagan uso de esta herramienta antes que bloqueen la recepción de sus muros en las cuentas oficiales.