Los 608 Profesores de Córdoba, inconformes ante la incertidumbre de no ver plasmada realidad el nombramiento que ganaron por derecho propio

Montería – Córdoba.
8 de Marzo del 2021.
COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA, MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y
COMUNIDAD EN GENERAL.
Los 608 Profesores que ganamos concurso para zonas focalizadas como PDET
en el departamento de Córdoba , queremos hacer publica la presente denuncia
en la cual manifestamos nuestra inconformidad, incertidumbre y preocupación, a
raíz del incumplimiento prolongado y la vulneración del debido proceso y derecho,
al trabajo por parte del gobernador Orlando Benítez Mora y su secretaria de
educación departamental Ana Margarita Caldera Oyola; puesto que después de
haber ganado el concurso de méritos y haber pasado por una serie de etapas y
filtros los cuales se encontraban estipulados bajo la resolución número
2018000002576 de 19 de Julio del 2019 y los acuerdos consignados en la
convocatoria 603 llevado a cabo por la CNSC (Comisión Nacional del Servicio
Civil) para Los Municipios focalizados como PDET a raíz del acuerdo de paz y lo
planteado en el punto número 1.3.2.2 Educación rural y el decreto ley 882 de 26
de mayo del 2017, el cual está regulado por la resolución 4972 del 2017
emanada por el MEN (Ministerio de Educación Nacional), en este caso para el sur
del departamento de Córdoba el cual comprende los municipios de Montelíbano;
Tierralta, Valencia y Puerto Libertador, dejando claro que pese a lo emanado por
la legislación anteriormente mencionada, y a que las primeras audiencias para
escogencias de plaza se realizaron el pasado 12 de enero, y que a la fecha nos
encontramos a portas de cumplirse 2 meses, en los cuales la gobernación no ha
hecho efectivos los decretos de nombramiento en periodo de prueba de los
docentes y directivos docentes, violentando consigo el derecho al trabajo y lo
estipulado en el decreto 1075 en su artículo 2.4.1.6.3.22 Nombramiento en
periodo de Prueba y evaluación: Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes
a la realización de la audiencia pública de escogencia de vacante definitiva en
alguna de las institucione educativas o sedes señaladas en el artículo
2.4.1.6.3.2.2 del presente decreto ,la entidad territorial certificada debe expedir el
acto administrativo de nombramiento en periodo de prueba del educador y
comunicarlo al interesado, siempre respetando la vacante seleccionada por el
elegible.
En concordancia con lo anteriormente expuesto y en vista de la situación de
incertidumbre, vencimiento de los plazos y términos establecidos en la normativa
vigente, el silencio y total hermetismo, por parte de la secretaria de educación,
nosotros como docentes y directivos docentes tomamos la iniciativa de plantear
por las vías de derechos varias acciones enmarcadas en la constitución y en el
derecho que nos cobija y nos ampara como ciudadanos y ganadores de un
concurso abierto de méritos, empezamos a solicitar vía derechos de petición
información pertinente del estado en el cual se encontraba el trámite de
nombramiento en periodo de prueba , ante el cual no obtuvimos respuesta alguna,
el día miércoles 17 de febrero del presente año, realizamos de manera pacífica un
plantón frente a las instalaciones del palacio de Nain Gobernación de Córdoba,
exigiendo que se respeten nuestros derechos y solicitando celeridad en el proceso
de nombramiento y posesión en periodo de prueba, frente a lo cual se acordó una
mesa de concertación presidida por la secretaria de educación, el asesor de la
gobernación en temas educativos, la jefa de talento humano y demás funcionarios
de la secretaria de educación, frente a los cuales ambas partes planteamos
nuestras inquietudes frente al proceso y como conclusión se pactó que a más
tardar el día viernes 5 de marzo, se estarían haciendo efectivos estos decretos
de nombramientos en periodo de prueba de los docentes y directivos docentes de
los 4 municipios (Montelíbano, Valencia, Tierra Alta y Puerto Libertador), frente a
lo cual se estableció un proceso de auditoria y seguimiento, confiando en lo
pactado se levantó el plantón en horas de la tarde y se informó a los todos los
docentes sobre lo pactado con la gobernación y su secretaria de educación.
Como parte del proceso de auditoria los docentes encargados de intermediar con
la gobernación en cabeza del asesor educativo, se pedía de manera diaria un
informe de los avances en el proceso, este todos, los días nos planteaba
justificaciones diferentes y el proceso no avanzaba. A la fecha de hoy solamente
han sido notificado 28 docentes de 608 que, según lo acordado debieron de ser
notificados a más tardar el 5 de marzo; frente al prolongado incumplimiento por
parte de la gobernación se elevaron solicitudes ante la Comisión Nacional del
Servicio Civil CNSC, radicadas bajo los números 20216000371742,
20213200367062, 20213200400502, 20213200400512, 20213200400532,
20213200402632, 20213200400572 y 20213200395942 con fecha del 23 de
febrero de 2021 y cuya respuesta propuso la CNSC al despacho del gobernador y
secretaria de educación del departamento bajo radicado numero 20212310307141
donde les solicita "en ejercicio de las competencias de administración del sistema
especial de carrera docente y teniendo en cuenta que los términos para el
nombramiento y posesión establecidos en el artículo 2.4.1.6.3.22 del Decreto 1578
de 2017 se encuentran agotados, de manera atenta, se solicita dar cumplimiento a
la norma en cita, realizando los nombramientos de manera inmediata y remitir
según formato Excel adjunto, la información relacionada con el estado actual de
los nombramientos de los elegibles, en un plazo de cinco (5) días hábiles
contados a partir del recibo de la presente comunicación. Información que deberá
ser allegada a los correos electrónicos rhuertas@cnsc.gov.co y
cguzman@cnsc.gov.co.
Lo anterior, con el fin de salvaguardar el principio del mérito y el acceso al empleo
público de los elegibles que seleccionaron vacante en las audiencias públicas
realizadas en el marco del proceso de selección – Docentes Postconflicto.”
Sumado a lo anterior el día 3 de marzo el juzgado primero civil de la ciudad de
Montería -Córdoba y bajo EXPEDIENTE N° 23-001-40-03-001-2021-00117-00
emitió un fallo de tutela en el cual consagra “Mediante el presente me permito
notificarle la decisión adoptada por este despacho, dentro de la acción de tutela de
la referencia, para lo cual le trascribo la parte resolutiva del mismo así:
“PRIMERO: TUTELAR los derechos fundamentales al TRABAJO Y DEBIDO
PROCESO del señor RONALD DAVID TAPIA SIERRA, por las razones
expuestas en la parte motiva de la presente providencia. SEGUNDO: ORDENAR
a la SECRETARIA DE EDUCACION DEPARTAMENTAL, en cabeza de su
representante legal MARGARITA CALDERA OYOLO y/o quien haga sus veces,
para que adelanten los estudios, revisiones y las actuaciones administrativas
necesarias para realizar el debido nombramiento del señor RONALD DAVID
TAPIA SIERRA. TERCERO: NOTIFÍQUESE esta decisión a las partes
involucradas por los medios más expeditos. CUARTO: Si este fallo no fuere
IMPUGNADO dentro de la oportunidad legal, ENVÍESE por Secretaría el
expediente a la Honorable Corte Constitucional para su eventual revisión.”
Pese a todos los soportes jurídicos anteriormente mencionados la gobernación y
la secretaria de educación departamental de Córdoba, no han dado ninguna
solución frente a la demora e incumplimiento a los términos estipulados en la
norma. más allá de las excusas como la pandemia, casos de covid- 19, tutelas y
derechos de petición entablados por docentes salientes de los cargo que
ocupaban de manera provisional. entre otros, que si bien, comprendemos que
durante el mes de enero se hayan presentado, no se justifica que a la fecha de
marzo persistan las mismas excusas y no se dé solución alguna, sino la de sacar
de manera lenta y paulatina algunos decretos de nombramiento que no llegan a
ser ni la tercera parte del total de los decretos de nombramiento en periodo de
prueba, causando con ello una doble afectación tanto para los docentes y
directivos docentes que escogieron plazas en audiencias, ya que se les ha
afectado en términos salariales, prestacionales, de salud, económicos y familiares
todo esto porque nuestras familias depende de nuestros ingresos y muchos de
nosotros no nos encontramos laborando, por lo cual participamos de este
concurso de méritos para poder brindar nuestros conocimientos y formación al
servicio de las comunidad estudiantil y paralelo a ello poder tener una estabilidad
laboral que nos permita suplir nuestras necesidades; en segundo lugar se esta
afectando a los docentes y directivos docentes que quedamos en listas de
elegibles, ya que hasta que no se hagan efectivos los nombramientos en periodo
de prueba de los docentes, la secretaria de educación no puede hacer la
reestructuración de la planta de personal docente y con ello la organización de las
listas de elegibles con la actualización de sus diferentes OPEC (oferta pública de
empleo), y a su vez poder ocupar las novedades o vacantes definitivas que se
pudiesen generar, sumado a ellos la insistencia de la gobernación en sostener la
figura de educación contratada la cual causa una grave afectación al proceso
educativo y a la comunidad estudiantil, por lo que en estos momentos, el
mandatario, no solamente está permitiendo que se le viole el derecho de la
igualdad al colectivo estudiantil de esta zona golpeada por el conflicto armado,
sino que también se está violando el derecho al trabajo de personas, que bajo el
amparo de la norma, se prepararon meritoriamente para desempeñarse en el
campo de la educación.
Es de conocimiento de la mayoría de los cordobeses que el denominado “Banco
de Oferentes”, que es la figura por donde se ha contratado profesores durante
muchos años para cubrir esas necesidades, por la naturaleza misma de la
contratación, el calendario académico en esta zona, dista mucho del calendario
oficial que ofrece mayores garantías en el rendimiento académico tanto para los
estudiantes como para los mismos educadores, quienes también podrán durante
un periodo de tiempo, ser incluidos y poder ascender en el escalafón de la
educación nacional.
Cabe indicar que este tema no debe preocupar a cualquier funcionario respetuoso
de la norma, ya que ella misma lo libera de grandes responsabilidades y perjuicios
que pueden sumir a cualquier departamento en el atraso. Pero lo que si debería
preocupar es que de no tenerse en cuanta el proceso meritorio que hasta ahora
han adelantado estos docentes, se incurriría en una violación flagrante al punto
1.3.2.2 del acuerdo final de la Habana, que habla «Reforma Rural Integral», que
en este caso dispone un concurso especial de docentes por una sola vez para
garantizar, precisamente, la permanencia y disponibilidad de personal docente
calificado en los municipios priorizados para la implementación de los Planes de
Desarrollo Territorial (PDET). Asimismo, se podría consolidar un acto de omisión
perversa al no darle cumplimiento a un decreto, como al que atañe en esta
referencia, cuya naturaleza le otorga fuerza de Ley.
Por todas las razones anteriormente expuestas los docentes y directivos docentes,
que ganamos el concurso post conflicto en el departamento de Córdoba, hacemos
un llamado al señor gobernador Orlando David Benítez Mora y su secretaria de
educación Ana Margarita Caldera Oyola a que sin más dilataciones, ni excusas
cumplan y acaten lo estipulado en la norma y expidan ya de manera inmediata los
decretos de nombramiento en periodo de prueba y proceso de posesión, en el
cargo de los diferentes docentes y directivos docentes que por merito se lo
ganaron y de esta manera resalte la importancia del mérito, la igualdad y la
oportunidad en el departamento de Córdoba.
De la misma manera estamos invitando cordialmente a los medios masivos de
comunicación, autoridades civiles, militares, eclesiásticas y a la comunidad en
general, a que el día Miércoles 10 de marzo de 2021 nos acompañen a partir de
las 8:00 a.m. frente a las instalaciones de la gobernación, palacio de Nain a sentar
nuestra voz de protesta con un plantón pacifico, donde exigiremos el cumplimiento
de la ley y que no se nos siga vulnerando nuestro derecho al trabajo y al mérito.
Cordialmente,
Docentes y directivos docentes ganadores por mérito del concurso postconflicto
convocatoria 603 departamento de Córdoba, municipios de Montelíbano,
Valencia, Puerto Libertado y Tierra Alta.